Fiscalía ‘salva’ a Goni y Berzaín de un juicio por ENFE



La Fiscalía General del Estado rechazó un juicio de responsabilidades al expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada, a exministro Carlos Sánchez Berzaín y todo su gabinete de ministros por el proceso de capitalización de la Empresa Nacional de Ferrocarriles (ENFE) y su transferencia a la empresa Cruz Blanca, y  ordenó el archivo definitivo de  obrados, que inicialmente fueron aprobados por la Asamblea Legislativa.
De acuerdo con la Resolución a la que  tuvo acceso ERBOL en fuentes de la Fiscalía de La Paz,  el Fiscal General en Suplencia Legal Roberto Ramírez, firmó el rechazo de la denuncia contenida en la proposición acusatoria y, en consecuencia, su archivo en favor de Gonzalo Daniel Sánchez de Lozada Sánchez Bustamante.
La resolución también beneficia a José Carlos Sánchez Berzaín, Gonzalo Afcha de la Parra, Fernando Candia Castillo, Germán Reynaldo Peters Arzabe, Cristóbal Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés, Freddy Teodovic Ortiz, Moisés Jarmusz Levy e Irvin Alcaraz del Castillo inicialmente acusados por el delito de incumplimiento de deberes.
También levantó cualquier responsabilidad por los delitos de Contratos Lesivos al Estado,  contra Sánchez de Lozada, Sánchez Berzaín, Fernando Candia, Reynaldo Peters, Alfonso Revollo, Jaime Villalobos. Igualmente por los delitos de conducta Antieconómica y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, contra Antonio Araníbar Quiroga, Jorge Otásevic, René Osvaldo Blattmann, Freddy Teodovic, Moisés Jarmusz e Irving Alcaraz.
La Fiscalía libera de culpa a José Luis Landívar Bowles y Rolando Suárez Montoya por el delito de contratos lesivos al Estado.
La resolución del 13 de octubre último, aclara que “la decisión que no podrá ser modificada mientras no varíen las circunstancias que la han fundamentado. Al emitirse la presente resolución en el marco de la Ley N| 014 y no existiendo superior jerárquico en el Ministerio Público al Fiscal General conforme al Art. 27 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, no cabe objeción prevista en el artículo 305 del Código de Procedimiento Penal”.
El juicio fue autorizado el 13 de enero de 2016  por la Asamblea Legislativa en el marco de una investigación al proceso de la privatización/capitalización. Sin embargo la Fiscalía General desvirtuó el trabajo del Legislativo porque de acuerdo al Art 304, numeral 3, la investigación no aportó elementos suficientes para fundar la acusación.
De acuerdo a los antecedentes, Sánchez de Lozada,  mediante el decreto 24165 de 1995 convirtió a parte de ENFE en la Empresa Ferroviaria Andino SAM (FCA-SAM) con un valor –que figura en la norma- de 137 millones de bolivianos. Luego, mediante el decreto 24186, Sánchez de Lozada y sus ministros capitalizaron FCA-SAM a la empresa Cruz Blanca por 66 millones de bolivianos, la mitad de su valor real.
Se conoce que durante la etapa investigativa, ni Sánchez de Lozada ni Sánchez Berzaín ejercieron representación alguna para asumir defensa ante la acusación, por lo que el sobreseimiento absoluto fue más una conclusión de la fiscalía que un mérito de la defensa legal.


Erbol

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