Colegios no pueden obligar a los padres a comprar textos




Personal del Viceministerio de Defensa al Consumidor está visitando colegios en la capital cruceña para informar que está prohibido obligar a los padres de familia a comprar textos en las unidades educativas y que estos deben tener la libertad de adquirir los útiles donde les sea más conveniente a su economía y que en situación específica, permitir realizar fotocopias de los textos requeridos para los diferentes niveles.
Desde la editorial Bienaventuranzas, que publica ediciones escolares para colegios de convenio, indican que es antipedagógico formar a los chicos con copias.
La opción de copiar los libros. La jurista Eliana Peca Angles que es técnico de atención al usuario y consumidor de Santa Cruz, es quien da a conocer medida. “Los padres de familia han presentado sus reclamos en los diferentes departamentos de país, con referencia a la compra de útiles escolares en las unidades educativas y la imposición de las editoriales a los mismos”, dijo en contacto con El Día, desde la sala de prensa ubicada en la plaza 24 de Septiembre. Peca agrega que también va dirigida a proteger la económica de aquellas familias de escasos recursos y por ello está contemplado “la opción de que los padres saquen fotocopia de los textos que no puedan comprar por su alto valor económico”.
La fotocopia es antipedagógica. La madre Micaela Princiotto, que dirige la editorial Bienaventuranzas, que elabora textos escolares, especialmente para sus colegios de convenio y que son utilizados además por otras unidades educativas, dice desconocer esta medida estatal y que además es “antipedagógica, ya que en muchos casos los textos de primaria, por ejemplo, son diseñados a colores para ayudar en el aprendizaje de los chicos, y si trabajan con copias en blanco y negro, se complica su proceso de aprendizaje”. Princiotto agrega que es "discriminatorio que un chico trabaje con un libro a colores y otro con una copia". En ese sentido informa que este tipo de imposiciones no son necesarias "nosotros ayudamos regalando mochilas con útiles a los chicos que no pueden acceder a comprarlos".
Ley 453
Derecho a la libre elección del usuario
Artículo 24 I. Las usuarias y los usuarios, las consumidoras y los consumidores tienen derecho a elegir los productos y servicios que requieran, al igual que seleccionar o cambiar de proveedor que a su criterio les sea conveniente.
II. Los proveedores de productos o servicios, no podrán ordenar o inducir a las usuarias y los usuarios, las consumidoras y los consumidores a contratar con determinados proveedores o quienes proporcionen servicios auxiliares.
Menciona el documento que data de diciembre del año 2013.

El Día 
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