El pago del aguinaldo de Navidad debe ser cancelado hasta el 20 de diciembre
El Ministerio
de Trabajo aprobó un instructivo que dispone el pago del aguinaldo de Navidad
de esta gestión hasta el martes 20 de diciembre, para los trabajadores públicos
y privados. Pasado el tiempo límite, los
empleadores estarán sujetos a un doble pago de este benéfico de fin de año.
“El
Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social (…) recuerda a los empleadores de las empresas,
privadas, públicas, entidades públicas, de centralizadas, desconcentradas,
autónomas y autárquicas, la obligación que tienen de pagar el Aguinaldo de
Navidad de la presente gestión”, detalla el instructivo.
El pago del aguinaldo
de Navidad corresponde a un mes del salario total recibido en los últimos tres
meses y no debe ser pagado en especie.
“Tienen
derecho a percibir el pago del aguinaldo de Navidad todas las servidoras y
servidores públicos que hubiesen cumplido tres meses continuos de trabajo en
una misma entidad, en la gestión de enero a diciembre de 2016”, detalla el
documento.
Los empleadores
que no efectúen el pago del aguinaldo a sus trabajadores hasta el 20 de
diciembre serán sancionados con el pago de un doble aguinaldo.
“El pago del
aguinaldo de Navidad en el sector privado, debe
realizarse de forma excepcional hasta el día martes 20 de diciembre de
2016 impostergablemente, bajo sanción de doble pago en caso de incumplimiento,
además de elevarse la correspondiente multa por infracción a Ley Social”, se
puntualiza en el instructivo.
La Razón / Miriam
Chávez
El pago del aguinaldo de Navidad debe ser cancelado hasta el 20 de diciembre
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