Gobierno propone que los obreros se hagan cargo de empresas que están en quiebra
Plan: empresas quebradas serán para los obreros
La norma se aplicará a
las firmas que se declaren en quiebra, estén en proceso de liquidación o
abandonadas, para que funcionen como empresas sociales.
El Gobierno propone que los obreros se
hagan cargo de empresas que están en quiebra y las conviertan en una compañía
social con el objetivo de reactivar la producción y absorber la
mano de obra.
La propuesta está considerada en el proyecto de
ley 218/17 de ley de creación de empresas sociales, documento que se remitió a
la Asamblea Legislativa para su respectivo tratamiento.
En la exposición de motivos, el documento
argumenta que la obligación del Estado es el resguardo de los
derechos laborales de los trabajadores y generar oportunidades de empleo, así
como impulsar el desarrollo del aparato productivo del país.
El objetivo es reactivar la producción, reorganizar y
absorber la mano de obra, que incursione en el mismo mercado que la
empresa que dio origen o similar, en defensa de sus fuentes de trabajo,
según estipula el artículo 2.
Define que una empresa social es la que está
constituida por los trabajadores activos de una compañía privada cuando
está en proceso de quiebra, concurso o liquidación, conforme a lo
previsto en el Código de Comercio.
También procederá su constitución cuando los procesos
de quiebra, concurso o liquidación hubiesen concluido, y cuando se
cierre o se dé el abandono injustificado de una empresa privada.
En todos los casos, sólo podrán constituirse en
empresas sociales las que están vinculadas a actividades privadas, precisa el
artículo 4 del proyecto de ley.
El procedimiento
En el documento se subraya que en cualquiera de
las tres modalidades, los trabajadores que acuerden de manera voluntaria
constituir una empresa social deben presentar ante un juez la copia de la
demanda que iniciaron.
Y cuando los obreros aún estén activos en una
compañía y decidan constituir una empresa social, deberán expresar su
interés ante una autoridad pública competente que dé fe de la misma.
Y para las empresas, en caso de cierre o abandono, el
procedimiento especial señala que los obreros que tengan relación laboral
vigente y éste les genere beneficios sociales, podrán solicitar ante un juez
en materia laboral la intervención judicial.
Además, con el fin de dar continuidad a
las operaciones, da la posibilidad de que los acreedores que decidan
formar parte de la empresa social constituyan inversiones con el objetivo
de acrecentar el capital social.
Según el proyecto de ley, en caso de que el balance
social determine la existencia de deudas que sobrepasan el activo de la
empresa, éstas serán asumidas por el empleador con la totalidad de sus bienes
personales (conforme al artículo 1335 del Código Civil).
En 2013 el presidente del Estado, Evo Morales,
sostuvo que el artículo 54 de la Constitución Política del Estado
faculta que los trabajadores (...) puedan ,
de acuerdo con la ley, reactivar y reorganizar empresas en proceso de quiebra,
concurso o liquidación, cerradas o abandonadas de forma injustificada, y
conformarán empresas comunitarias o sociales.
Punto de vista
Bruno rojas Investigador del CEDLA
"Los que pierden serán los trabajadores”
El proyecto de ley buscaría llenar este vacío, así sea parcialmente, pero lo haría de la manera más perversa porque establece como única forma de constitución de una "empresa social”, aquella sobre la base de una privada quebrada o en crisis. Descarta que los trabajadores puedan hacerse cargo de una empresa en buenas condiciones y bajo otro concepto de propiedad.
Lo más grave del asunto es que la constitución de una
"empresa social” bajo administración de los trabajadores, que así lo
soliciten, es una forma arbitraria y unilateral de liberar a los
empresarios quebrados o con problemas económicos de la responsabilidad de
pagar los beneficios sociales y otros derechos adeudados.
Este planteamiento viola la legislación laboral
vigente que establece el pago de beneficios sociales en favor de los
trabajadores por razones atribuibles al empresario. Además que, en casos de
quiebra, desconoce la prelación que tienen los obreros en su condición de
acreedores.
Como ejemplos de firmas administradas por
éstos están Hiltrabol (2008) y Tra Boltex (2012).
Los que pierden son los trabajadores porque
las empresas que constituyan afrontan serios problemas de sostenibilidad
económica, que se traduce en ingresos bajos para los "socios trabajadores”
y precariedad.
Página Siete / Lidia Mamani
Gobierno propone que los obreros se hagan cargo de empresas que están en quiebra
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