APS niega monopolio estatal en la contratación de seguros



La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros- APS desvirtuó una denuncia en torno a la existencia de un presunto monopolio en el mercado de seguros, que beneficiaría a una empresa intermediaria, tal como denunció el senador opositor Pablo Klinsky al hacer referencia a que la aseguradora Conesa Kieffer, obtuvo el 99% de las adjudicaciones de pólizas de seguros de aeronavegación para varios aviones y helicópteros del Estado.
La directora de APS, Patricia Mirabal Fanola, aclaró que, de acuerdo a la normativa vigente, las compañías aseguradoras, reaseguradoras y corredoras de seguros tienen actividades y  funciones absolutamente diferentes en el mercado asegurador,  siendo las compañías aseguradoras nacionales  las únicas que pueden adjudicarse la provisión de  seguros en el país; y no así los corredores ni reaseguradoras.
El asambleísta aseguró que desde 2016, debido al monopolio, otras empresas no pueden participar con precios competitivos, tomando en cuenta que hay una evidente disminución de los costos de los seguros de aviación para las naves estatales como son los diablos Negros y Rojos y optar por una sola empresa, le estaría causando un daño económico al Estado.
La APS señala que las funciones de cualquier corredora de reaseguros se limitan a  actuar como intermediarias entre la compañía de seguros, y el contratante,  lo que desvirtúa las erróneas afirmaciones de que un corredor de reaseguros pueda participar y/o adjudicarse seguros en licitaciones convocadas por el Estado Boliviano.
Cabe hacer notar además; que en Bolivia existen 16 Compañías  de Seguros,  32 Corredores de Seguros y 6 Corredoras de Reaseguros,  constituidos legalmente en el país.

Es importante destacar que el Decreto Supremo N°181 de Normas Básicas de Administración de Bienes y Servicios, es la norma que regula todos los procesos de contratación en nuestro país, incluida la provisión de seguros.
En este sentido, la APS no tiene atribuciones ni competencias para verificar procesos de contratación,  adjudicación o licitación que realice cualquier entidad de la Administración Pública. Por tanto, es necesario aclarar que los procesos de contratación mediante licitación pública u otro mecanismo previsto por Ley, son de entera responsabilidad de las entidades contratantes, dice un boletín de prensa.
Asimismo, la APS no tiene facultad o atribución para verificar el desarrollo de los procesos de contratación, ni de conocer a los participantes de los mismos.


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