Masistas dicen que sentencia de la repostulación de Evo “no se toca ni en esta vida, ni en la otra”
El diputado Lino Cárdenas y
el concejal Jorge Silva coincidieron que la habilitación del presidente Evo
Morales está en marcha, porque los fallos del TCP son “irrevisables”.
El diputado Lino Cárdenas y
el concejal Jorge Silva aseguraron que la Corte Interamericana de Derechos
Humanos no tiene la facultad para revisar o dejar sin efecto la sentencia del
Tribunal Constitucional Plurinacional que da vía libre a la repostulación del
presidente Evo Morales.
El legislador argumentó que
de acuerdo al artículo 203 de la Constitución Política del Estado los fallos
del Tribunal Constitucional Plurinacional “son irrevisables, de cumplimiento
obligatorio, y no modifica ningún tribunal ni nacional, ni internacional”,
explicó.
“La CIDH no podrá anular,
porque no tiene competencia, el fallo del Tribunal Constitucional
Plurinacional, por lo tanto se consolida la habilitación de Evo Morales”,
sostuvo de su lado el concejal Silva.
Las reacciones se producen
luego que los legisladores opositores Wilson Santamaría, Rafael Quispe y Helmut
Salinas solicitaron a la Corte-IDH que adelanten la admisión de la demanda que
interpusieron en contra del Estado y de varias autoridades por violar los
derechos políticos y derechos humanos.
Ambos coincidieron que el
debate está prácticamente cerrado respecto la situación electoral del
presidente Morales, quien apunta a una cuarta postulación el 2019. El MAS llegó
al Gobierno el 2006 y desde entonces se mantiene en el poder bajo el liderazgo
de Morales.
El partido gobernante
recurrió al TCP para dar viabilidad a la repostulación del Mandatario después
que la Constitución Política del Estado fija que el presidente y vicepresidente
pueden repostularse por una sola vez de manera continua, precepto que fue
ratificado por la población de manera mayoritaria en el referéndum del 21 de
febrero de 2016.
El TCP dictó la sentencia
084/2017 que favorece al MAS, establece la aplicación preferente de la
Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 23.
La oposición sostiene que al
alegar este argumento, la Corte-IDH tiene competencia para pronunciarse sobre
la aplicación del artículo 23, porque se usó este precepto para avalar la
“repostulación indefinida” de las autoridades electas.
Silva reconoce el derecho de
los opositores a acudir a las instancias que vean pertinentes, pero “que la
entrega del acta de los resultados del 21F, no es otra cosa que demostrar la
desesperación y temor que tienen ante una posible relección de Evo Morales el
2019”, afirmó.
Masistas dicen que sentencia de la repostulación de Evo “no se toca ni en esta vida, ni en la otra”
Reviewed by Fabian
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6:23:00 a.m.
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